NUEVO ESTILO PELUQUERO´S
AYUDAS A EMPRESARIOS AUTÓNOMOS
Después
de haber realizado un estudio con la información obtenida en la cámara de
comercio. He sacado las siguientes conclusiones:
La
mejor opción para nuestro proyecto de montar una peluquería seria hacernos los
cuatro autónomos, ya que:
Una
de las principales ayudas a subvenciones para autónomos es el programa de fomento del empleo
autónomo, dirigido a personas desempleadas que quieran emprender y crear su
empresa como trabajadores o profesionales autónomos.
Co-financiado
por el fondo social europeo
Gestionado
por las comunidades autónomas:
● Subvención a fondo perdido de 5.000 euros
para desempleados en general
● Subvención a fondo perdido de 10.000 euros para
mujeres desempleadas con discapacidad.
Inconvenientes
a tener en cuenta:
El presupuesto disponible suele ser
considerablemente inferior al número de solicitudes recibidas, por lo que
muchos autónomos que piden una subvención no la consiguen.
Dado el elevado número de solicitudes a
revisar y tramitar suelen demorarse las resoluciones de seis a diez meses.
COOPERATIVA: TODOS LOS SOCIOS SON
AUTÓNOMOS
Siendo
reguladas por las comunidades autónomas existen criterios comunes y tramites
similares entre todas las autonomías.
Trámites
para crear una cooperativa y darle personalidad jurídica:
● Solicitar el certificado de denominación y abrir una cuenta corriente
en una entidad de crédito, abonando cada socio mínimo el 25% del capital que le corresponda.
● Elaborar unos estatutos; dirección de la cooperativa, forma de
administración, periodicidad de las asambleas y demás aspectos fundamentales. Siendo firmado por todos los socios ante notario.
● Solicitar su inscripción en el registro de cooperativas.
Certificados
y notificaciones para crear una cooperativa:
● Gestión fiscal; presentar la declaración de impuestos de transmisiones
y actos jurídicos documentales, aunque las cooperativas estén exentas de él. Notificar a hacienda el inicio de las actividades económicas y solicitar el código de identificación fiscal.
● Obligaciones laborales; darse de alta todos los trabajadores en la seguridad
social como trabajadores autónomos, notificar a la consejería autonómica la apertura del centro de trabajo.
● Por último. Solicitar en el ayuntamiento respectivo la licencia de
apertura del centro y cualquier otra que sea requerida por las ordenanzas municipales, como sería el caso de las licencias para realizar obras en el local destinado a la peluquería.
Fdo: Ana Martínez Torró
Muy buen trabajo. :)
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